miércoles, 19 de mayo de 2010

Cipriano Heredia: “Quien tiene que leerse el art. 185 y el resto de la Constitución es Elias Jaua”


PRIMICIAS 24
Martes, Mayo 18th, 2010 | Publicado por Deyanira Castellanos




Indicó el Coordinador de Políticas Públicas de ABP que el artículo 15 de la Ley del Consejo Federal de Gobierno que fue sancionado por la Asamblea Nacional en 2005, si incluía al Alcalde Metropolitano de manera expresa - Gráfica Visión Emergente
Indicó el Coordinador de Políticas Públicas de ABP que el artículo 15 de la Ley del Consejo Federal de Gobierno que fue sancionado por la Asamblea Nacional en 2005, si incluía al Alcalde Metropolitano de manera expresa - Gráfica Visión Emergente
Primicias24.com (ABP) En respuesta a la declaración del Vicepresidente de la República Elías Jaua, quien mandó al Alcalde Metropolitano Antonio Ledezma a leerse el artículo 185 de la Constitución para que entendiera por qué no se le permitió el acceso a la sesión del Consejo Federal realizada el pasado viernes 14 de mayo de 2010, el abogado y Coordinador de Políticas Públicas de ABP Cipriano Heredia, señaló que “quien debe leerse dicho artículo y el resto de la Constitución es precisamente Elías Jaua, ya que la viola todos los días y además no entiende para que fue creado el Consejo Federal de Gobierno”.
“Para nosotros está claro que el Alcalde Metropolitano de Caracas debería formar parte de ese Consejo, no sólo por su Representatividad, sino además por razones legales, ya que la Constitución incluye a los Gobernadores y una representación de Alcaldes, y es bien sabido que la Ley del Distrito Metropolitano de Caracas le atribuyó al Alcalde Mayor las funciones y competencias que detentaba el antiguo Gobernador del Distrito Federal, además de que es un Alcalde con una jerarquía especial”, señaló Heredia Constitución en mano y previa lectura del artículo 185 en cuestión.
Además, indicó el Coordinador de Políticas Públicas de ABP que el artículo 15 de la Ley del Consejo Federal de Gobierno que fue sancionado por la Asamblea Nacional en 2005, si incluía al Alcalde Metropolitano de manera expresa, pero que luego fue excluido sin una nueva discusión cuando el texto de la Ley fue promulgado por el Presidente de la República a finales de 2009, por lo que no dudó en catalogar a la nueva ley como un “fraude”.
Por último, Heredia indicó que los vicios de inconstitucionalidad de la Ley y su Reglamento van mucho más allá de la exclusión del Alcalde Ledezma, y que la impugnarán en los próximos días porque “viola abiertamente el artículo 185 de la Constitución, al traspasar facultades y recursos, en detrimento de los estados y municipios, a entes como las Regiones Federales, los Ejes Estratégicos,  los Distritos Motores de Desarrollo y las Comunas”, los cuales aparecen sólo en la versión de la Constitución roja que usa el Gobierno, porque en la que tenemos el resto de los venezolanos no están”

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